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LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE LA RENTA DE 2024 SE APLAZA HASTA ABRIL DE 2025

LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE LA RENTA DE 2024 SE APLAZA HASTA ABRIL DE 2025

Con el fin de implantar el sistema de declaraciones fiscales "simples" precumplimentadas, la Administración de Contribuciones Directas (ACD) ha decidido aplazar la fecha en que estarán disponibles las declaraciones fiscales correspondientes a 2024 hasta el primer lunes de abril, es decir, el 7 de abril de 2025.

Por lo tanto, este cambio de fecha se aplica, entre otros, a los siguientes formularios:
- 100: Declaración del IRPF ;
- 163: Declaración anual de la renta de las personas físicas ;
- 110: Declaración del impuesto sobre actividades económicas y declaración del impuesto sobre actividades económicas por cuenta propia ;
- 500: Declaraciones del impuesto de sociedades (IR, IC, IF) para personas jurídicas (empresas) ;
- 200: Declaración del establecimiento conjunto de ingresos de empresas colectivas y copropiedades.

Como recordatorio, el plazo para presentar las declaraciones fiscales correspondientes a 2024 sigue siendo el 31 de diciembre de 2025.

Para más información, consulte el boletín del CDA: https://impotsdirects.public.lu/fr/archive/Actualites/actu17012025.html

Nuevos trámites RCS

Nuevos trámites RCS

Desde el 12 de noviembre de 2024, se han introducido nuevas formalidades en el Registre de Commerce et des Sociétés. Las principales medidas son las siguientes:
- Los formularios de solicitud ya no estarán en formato PDF, sino en formato HTML;
- Registro obligatorio del número de identificación nacional luxemburgués (número de matrícula) para las personas físicas (ya sean socios, gerentes, directores o agentes de una entidad registrada en el RCS);
- Si la persona física no dispone de un número de identificación nacional luxemburgués, deberá facilitar información adicional y adjuntar los documentos justificativos para que el Registro Nacional de Personas Físicas pueda asignarle un número de identificación;
- Al actualizar el fichero, se comprobará que la dirección inscrita en el RCS coincide con la dirección inscrita en el Registro Nacional de Personas Físicas.
Si desea más información, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Presentación de la declaración de la renta 2023

Presentación de la declaración de la renta 2023

Le recordamos que la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2023 debe presentarse a más tardar el 31 de diciembre de 2024 (fecha de recepción por la Agencia Tributaria, no de envío de la declaración).

¿Quién está obligado a presentar la declaración de la renta?

A) En el caso de rentas de las que se haya deducido el impuesto en origen :

o Cuando la base imponible luxemburguesa supere los 100.000 euros.
o Cuando un hogar (residente o no residente) tiene una combinación de varios
y el importe acumulado de esta base imponible supere :
 36.000 euros para contribuyentes solteros y casados (clases 1 y 2)
 30.000 euros para los contribuyentes solteros con hijos a cargo (clase 1a)
o Cuando un hogar no residente ha optado por ser tratado como residente para regularizar el tipo impositivo que figura en su(s) formulario(s) de retención a cuenta.
o Cuando la base imponible incluya más de 1.500 euros de rendimientos de valores mobiliarios, tantièmes.

B) En el caso de las rentas no sujetas a retención a cuenta, cuando un hogar (residente o no residente) tenga otras rentas imponibles en Luxemburgo superiores a 600 euros anuales (alquiler en Luxemburgo, prestaciones diversas, etc.)

¿Quién puede presentar la declaración de la renta?

o Contribuyentes residentes que deseen deducir gastos deducibles como intereses hipotecarios, gastos especiales u otros gastos extraordinarios.
o Contribuyentes no residentes que solicitan la asimilación fiscal para poder solicitar gastos deducibles del mismo modo que los residentes (véase más arriba).
o Contribuyentes que sean pareja, pareja de hecho o convivientes legales y que deseen tributar conjuntamente para beneficiarse de la tributación colectiva, de acuerdo con la clase de tributación 2.
o Contribuyentes casados, que no vivan separados, uno de los cuales sea contribuyente
residente y el otro no residente y que optan conjuntamente por una declaración conjunta.

Si desea más información, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Subgestión HORECA

Subgestión HORECA

Cuando el responsable técnico de un establecimiento de venta de bebidas alcohólicas está ausente (por ejemplo, por enfermedad, vacaciones, etc.) y desea mantener el establecimiento abierto durante ese periodo, debe nombrar a un subgestor a efectos de la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales. La solicitud de subgerencia debe enviarse a las autoridades junto con diversos documentos justificativos, en función del estatuto del subgerente. El subgerente puede ser nombrado con carácter temporal o indefinido. Una vez aprobada la subgestión por las autoridades, el gestor técnico recibirá un certificado de subgestión que deberá conservar en todo momento en el lugar de actividad. A continuación, el subgerente será
autorizado a sustituir al Director Técnico en su ausencia. Si necesita más información, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Presentación de cuentas anuales

Presentación de cuentas anuales

En virtud del artículo 75 de la ley de 19 de diciembre de 2002, las empresas luxemburguesas están obligadas a presentar sus cuentas (NCP) en la plataforma ECDF y sus cuentas anuales en el Registre de Commerce et des Sociétés. Esto afecta principalmente a las sociedades mercantiles (sociedades de responsabilidad limitada, sociedades anónimas, sucursales luxemburguesas de sociedades extranjeras, etc.).

Las cuentas anuales deben presentarse en el plazo de un mes a partir de su aprobación y, a más tardar, 7 meses después del cierre del ejercicio (ejercicio que finaliza el 31/12N -> presentación antes del 31/07/N+1). como muy tarde).

En caso de presentación fuera de plazo, el Registre de Commerce et des Sociétés aplicará las siguientes sanciones
siguiente :
- 50 si el depósito se efectúa durante el 8º mes siguiente al cierre;
- 200 si el depósito se realiza entre los meses 9 y 11 siguientes a la fecha de cierre;
- 500 si el depósito se efectúa a partir del duodécimo mes siguiente al cierre;
Si no se presentan las cuentas anuales, los gerentes y directores pueden ser sancionados con multas de entre 500 y 25.000 euros (artículo 1500-2 de la ley modificada de 10 de agosto de 1915 sobre sociedades mercantiles).

A todos los efectos, las personas físicas con una actividad comercial y un volumen de negocios superior a 100.000 euros, impuestos excluidos, también deben presentar sus cuentas (NCP), así como sus cuentas anuales. Sin embargo, actualmente no existe ninguna sanción por presentación fuera de plazo.
Además, las empresas corren el riesgo de que se les cierren las cuentas bancarias cuando las entidades bancarias descubren que sus cuentas anuales no se han publicado en el Registro Mercantil y de Sociedades.
Empresas.

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Obligaciones contables fiscales

Obligaciones contables fiscales

El Director de Impuestos había emitido su circular L.G. - A nº 63 de fecha 15 de septiembre de 2017 relativa a los "Requisitos contables en materia fiscal".

En cuanto al libro de caja, se afirma que "todas las transacciones deben registrarse sin demora, de forma precisa y completa y por orden de fecha, ya sea en un libro diario único o en un sistema de libros diarios especializados". Además, "debe tenerse en cuenta que un libro de caja llevado mediante una hoja de cálculo (por ejemplo, Excel) no está permitido, ya que pueden hacerse cambios en cualquier momento".

Si las autoridades fiscales descubren irregularidades en el libro de caja, que dan lugar a reevaluaciones fiscales, corre el riesgo de encontrarse en infracción del artículo 396 de la Ley General Tributaria (Abgabenordung), así como en infracción del artículo 506-1 del Código Penal.

 

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